Es un tipo de viviendas que se caracterizan por tener un precio limitado, con el objetivo de favorecer a los ciudadanos con rentas más bajas para que puedan acceder a la compra o alquiler de una vivienda.
Las Comunidades Autónomas son las que regulan las VPO. De ahí, que la normativa aplicable variará en función de la Comunidad Autónoma donde se encuentre ubicado el inmueble.
1. Viviendas de protección oficial de promoción privada (empresas privadas), son las que se realizan por empresas privadas. No se exigen requisitos económicos a los interesados, sólo que no tengan una vivienda en propiedad.
2. Viviendas de protección oficial de promoción pública (empresas públicas), son las que están construidas por las administraciones públicas o por organismos públicos, o aquellas que se adjudican a los que resultan beneficiados en un sorteo establecido para ello.
3. Autopromoción: a través de cooperativas, el comprador de la vivienda puede promover promociones de vivienda protegida.
Las VPO suponen tanto para el promotor como para el comprador una serie de ventajas, así como estén sujetos a una serie de condiciones legales mientras dure el tiempo de clasificación de vivienda como protección oficial. Entre las ventajas:
Entre las desventajas:
Si un propietario de una vivienda desea venderla durante el tiempo que la misma esté protegida, es decir, que no hayan pasado los 10 años desde la compra, que suele ser el plazo medio en las diferentes CCAA, tendrá que solicitar autorización a la Comunidad Autónoma, y devolver las ayudas que se hayan obtenido para la adquisición de la vivienda.
En este caso, la Administración determinará el precio de venta del inmueble, que corresponda en el momento de la venta a una vivienda protegida,
Como ya se ha comentado, la calificación de las Viviendas de Protección Oficial tiene un período de validez, transcurrido dicho período, la vivienda de protección Oficial pasa a ser una vivienda libre, es decir, que se puede vender a precio de mercado.
A veces, se puede descalificar una vivienda de Protección Oficial antes que finalice el período de duración. En estos casos, las Administraciones suelen exigir la devolución de las subvenciones asignadas. Para ello, habrá que estar a la regulación que contempla cada Comunidad Autónoma.
Dependerá del:
Los requisitos para acceder a una Vivienda de Protección Oficial, pueden variar de una Comunidad a otra, pero en términos generales, son los siguientes:
Vender o alquilar una vivienda de protección oficial de forma ilegal está sancionado. La sanción variará en función del tipo de infracción. Las infracciones se clasifican en faltas muy graves, graves y leves. La cuantía económica de las sanciones derivadas de vender o alquilar una vivienda de protección oficial de forma ilegal pueden ser muy cuantiosas.
Por ello, es importante, para evitar problemas, que con carácter previo a la venta de una vivienda de protección oficial se solicite al organismo competente dentro de cada Comunidad Autónoma, que emita un certificado a fin que conste si la vivienda se encuentra ya descalificada y en este caso, dicha vivienda ya tendrá un precio de venta libre. Además, es conveniente que acudas a un abogado especializado para que te asesore.