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Vivienda de protección oficial

Las Viviendas de Protección Oficial

Escrito por: Francisca Segura

¿Qué es una vivienda de protección oficial? 

Es un tipo de viviendas que se caracterizan por tener un precio limitado, con el objetivo de favorecer a los ciudadanos con rentas más bajas para que puedan acceder a la compra o alquiler de una vivienda.

Las Comunidades Autónomas son las que regulan las VPO. De ahí, que la normativa aplicable variará en función de la Comunidad Autónoma donde se encuentre ubicado el inmueble.

 

Clases de viviendas de protección oficial

1. Viviendas de protección oficial de promoción privada (empresas privadas), son las que se realizan por empresas privadas. No se exigen requisitos económicos a los interesados, sólo que no tengan una vivienda en propiedad.

2. Viviendas de protección oficial de promoción pública (empresas públicas), son las que están construidas por las administraciones públicas o por organismos públicos, o aquellas que se adjudican a los que resultan beneficiados en un sorteo establecido para ello. 

3. Autopromoción: a través de cooperativas, el comprador de la vivienda puede promover promociones de vivienda protegida.

 

Ventajas y desventajas de las VPO

Las VPO suponen tanto para el promotor como para el comprador una serie de ventajas, así como estén sujetos a una serie de condiciones legales mientras dure el tiempo de clasificación de vivienda como protección oficial.  

Entre las ventajas:

  • Precio inferior al del mercado: las viviendas de protección oficial no se pueden vender por un precio superior al fijado por la Administración. Su precio es inferior al del mercado libre. 
  • Ayudas económicas: el comprador de una vivienda de protección oficial no sólo compra a un precio considerablemente inferior al precio de mercado, sino que muchas veces tiene la posibilidad de obtener una serie de ayudas económicas para la compra (ayudas a la entrada, préstamos convenidos, etc). 
  • No superar el límite de ingresos establecido por la CCAA:  permiten favorecer a los ciudadanos con rentas más bajas para que puedan tener una vivienda, asequible a sus posibilidades económicas. Para ello, los compradores no deben superar el límite de ingresos establecidos en cada CCAA. 

Entre las desventajas:

  • Inmueble como domicilio habitual y permanente: el comprador de una Vivienda de Protección Oficial está obligado, mientras mantenga su categoría de vivienda protegida, a destinarla a su domicilio habitual y permanente.
  • Precio y venta de un inmueble de Protección Oficial:  mientras la vivienda siga calificada como protegida, su precio de venta estará limitado. Para ello, hay que consultar en el plan de CCAA el período de calificación.

Si un propietario de una vivienda desea venderla durante el tiempo que la misma esté protegida, es decir, que no hayan pasado los 10 años desde la compra, que suele ser el plazo medio en las diferentes CCAA, tendrá que solicitar autorización a la Comunidad Autónoma, y devolver las ayudas que se hayan obtenido para la adquisición de la vivienda. 

En este caso, la Administración determinará el precio de venta del inmueble, que corresponda en el momento de la venta a una vivienda protegida,

  • Derecho de compra: La Administración tiene el derecho de tanteo y retracto, es decir, que la administración tendrá derecho preferente para comprar sobre cualquier otro interesado, la vivienda que se venda durante el tiempo que la misma esté protegida, es decir, que no hayan pasado los 10 años desde la compra, que suele ser el plazo medio en las diferentes CCAA. Hay que destacar nuevamente, que ello está regulado en cada CCAA. 

 

Descalificación de Viviendas de Protección Oficial

Como ya se ha comentado, la calificación de las Viviendas de Protección Oficial tiene un período de validez, transcurrido dicho período, la vivienda de protección Oficial pasa a ser una vivienda libre, es decir, que se puede vender a precio de mercado. 

A veces, se puede descalificar una vivienda de Protección Oficial antes que finalice el período de duración. En estos casos, las Administraciones suelen exigir la devolución de las subvenciones asignadas. Para ello, habrá que estar a la regulación que contempla cada Comunidad Autónoma.   

 

 Precio de una Vivienda de Protección Oficial

Dependerá del: 

  • Régimen de protección establecido, 
  • Municipio en qué se encuentre situada la vivienda, y
  • De cuándo se obtenga la calificación provisional.  

 

Requisitos exigibles

Los requisitos para acceder a una Vivienda de Protección Oficial, pueden variar de una Comunidad a otra, pero en términos generales, son los siguientes: 

  • No tener otra vivienda en propiedad. 
  • Que no nos hayan otorgado una vivienda de protección Oficial con anterioridad, salvo que se demuestre que la vivienda anterior es totalmente inadecuada a nuestras necesidades. 
  • No haber recibido ayudas de la Administración para la vivienda, en los últimos 10 años anteriores. 
  • No superar el límite de ingresos permitido en cada Comunidad Autónoma. El IPREM suele ser el índice de referencia.

 

Sanciones

Vender o alquilar una vivienda de protección oficial de forma ilegal está sancionado. La sanción variará en función del tipo de infracción. Las infracciones se clasifican en faltas muy graves, graves y leves.  La cuantía económica de las sanciones derivadas de vender o alquilar una vivienda de protección oficial de forma ilegal pueden ser muy cuantiosas.

Por ello, es importante, para evitar problemas, que con carácter previo a la venta de una vivienda de protección oficial se solicite al organismo competente dentro de cada Comunidad Autónoma, que emita un certificado a fin que conste si la vivienda se encuentra ya descalificada y en este caso, dicha vivienda ya tendrá un precio de venta libre. Además, es conveniente que acudas a un abogado especializado para que te asesore.

 

Escrito por: Francisca Segura

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